Lunes 08 de septiembre
de 2014.
PROCESO DE LA
COMUNICACIÓN.
En la sesión del día de hoya tratamos el
proceso de la comunicación como parte del lenguaje y vimos que se compone así:

Así pues el emisor debe asegurarse de que su
mensaje sea comprendido por el receptor
y para ello debe cuidad que éste sea claro, sencillo y entendible y en la materia
jurídica que el argumento jurídico sea entendible al receptor, pero no debemos
olvidar que la carga del proceso de comunicación no debe recaer únicamente sobre
el emisor del argumento, sino que el receptor (auditorio) debe tener voluntad para entenderlo y así formar la
retro-alimentación de la información que se esta transmitiendo y recibiendo
dentro del proceso de comunicación.
De ahí, que para que el mensaje o argumento
jurídico sea entendible al receptor, este debe ser persuasivo, esto es, tener como
finalidad el convencimiento, dirigido a una auditorio determinado y ser racional,
es decir, lógico, pues el argumento se hace entendible precisamente a través de
la lógica.
El argumento puede contener características
viciosas, tales como, el sofisma (mentida con apariencia de verdad), persuasión
(persistencia o cansancio) y falaz (carece de lógica).
También tratamos que la hermenéutica como la interpretación
que sirve para la solución de antinomias, interpretación normativa y argumentación
jurídica
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